CAPITAL MINIMO PARA CONSTITUIR ASOCIACIONES Y FUNDACIONES
INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA. RESOLUCION 2/23.
Inspección General de Justicia modificó los capitales "mínimos" iniciales para constituir estas entidades.
Lo destacado de la norma es que los capitales de constitución se determinan desde ahora en relación al Salario Mínimo Vital y Movil que periódicamente establece el Ministerio de Trabajo de la Nación por resoluciones del Consejo de Empleo.
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