jueves, 30 de marzo de 2023

Asociaciones y Fundaciones: DECLARACION JURADA "INFORMACION SOCIETARIA" Vencimiento JULIO de cada año.

 

AFIP R. 4697/20

DDJJ JURADA “PARTICIPACIONES SOCIETARIAS –Entidades sin fines de lucro-

 

CUANDO VENCE LA DDJJ: 

Julio de cada año (último día hábil)

QUE ENTIDADES DEBEN PRESENTAR LA DDJJ

Todas las Asociaciones Civiles, Fundaciones y otras entidades civiles, excepto las siguientes.

ENTIDADES QUE NO PRESENTAN DDJJ

Cooperadoras (escolares, hospitalarias,bomberos). Religiosas. Comunidades Indigenas.

QUE SE INFORMA

·         (Datos al 31/12 del año anterior al vto de la ddjj)

·         Autoridades (datos básicos y plazo mandato)

·         Capital de Balance

·         Beneficiario Final  (Presidente o equivalente – ver detalles abajo)

COMO SE HACE Y PRESENTA LA DDJJ

Adhiriendo con clave fiscal el Servicio Afip “"Régimen de Información de Participaciones Societarias y Rentas Pasivas".

BENEFICIARIO FINAL: QUIEN ES EN UNA ENTIDAD CIVIL

(En la práctica hay que poner al Presidente o quien ejerza el máximo control de la entidad)

En la   R. 4697 se lee:

El que ejerza el control directo o indirecto de dicha persona jurídica, entidad o estructura.

Cuando no se identifique a aquella persona humana que reviste la condición de beneficiario final conforme a la definición precedente, deberá informarse como beneficiario final al presidente, socio gerente, administrador o máxima autoridad de dicho sujeto

También podemos aplicar supletoriamente lo que la R. 5338/23 establece para fideicomisos:

…….deberá reportar a aquella/s persona/s humana/s que, por otros medios, ejerza/n el control final, directo o indirecto.”.

miércoles, 8 de marzo de 2023

 CAPITAL MINIMO PARA CONSTITUIR ASOCIACIONES Y FUNDACIONES

INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA.  RESOLUCION 2/23.

Inspección General de Justicia modificó los capitales "mínimos"  iniciales para constituir estas entidades.

Lo destacado de la norma es que los capitales de constitución se determinan desde ahora en relación al Salario Mínimo Vital y Movil que periódicamente establece el Ministerio de Trabajo de la Nación por resoluciones del Consejo de Empleo.





miércoles, 1 de marzo de 2023

 

RESOLUCION UIF 14/23

COMO IMPACTA EN LAS ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO

 

La Resolución solo es aplicable a:  Bancos, Financieras y Casas de Cambio.

 

UIF R. 14/23. Vigencia:  1/4/23.   Deroga a R. 30/17

No está dirigida a los demás Sujetos Obligados.

Sin embargo seguramente causará efectos en las entidades sin fines de lucro en cuanto a posibles cambios respecto de las operatorias y documentaciones que  se le requiera a estos entes al operar con las entidades financieras y cambiarias.

La R 14/23 es una ampliación de obligaciones formales y de fondo por prevención de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (LA/FT) para los bancos, financieras y casas de cambio que ya estaban consagradas en la anterior R. 30/17 de UIF que consideraba los mismos temas.

La diferencia es que ahora se amplian las obligaciones para las entidades financieras y esto lógicamente repercutirá en la relación con sus clientes.

El contenido de UIF 14/23 refuerza y amplia  las siguientes obligaciones:

·         Analizar en forma permanente, exhaustiva y detallada la operatoria permanente a los clientes  (la entidad sin fines de lucro es “cliente”)

·         Tener en todo momento informes internos sobre clientes, productos, canales de distribución, zonas geográficas y sucursales que determinen cuales son los riesgos en cada caso y de que manera actuar para mitigarlos.  Todo esto se incluye la denominada “Autoevaluación de Riesgos”.

 

Establece también nuevas obligaciones para Bancos, Financieras y Casas de Cambio:

·         Un Comité de Prevención (su presidente será el Oficial de Cumplimiento)

·         Auditoría Externa de Sistemas de Prevención

·         Auditoría Interna de Sistemas de Prevención

·         Informes periódicos obligatorios a enviar a UIF sobre clientes, riesgos, mitigación y otros asuntos

·         Archivos de documentaciones en forma digital y con accesos restringidos

·         Dos Nuevos reportes a UIF: Reporte sobre transacciones en efectivo (RTE) superiores a 20 Salarios Minimos (estimado 2.000 dólares) y Reporte de Compra-Venta de moneda extranjera superiores a 20 SMVM.

 

Se refuerza la delegación de la UIF a terceros por el control y prevención de LA/FT

Esto implicará sin dudas un aumento de los costos de operatoria bancaria y cambios.

IMPACTO EN LAS ENTIDADES NO LUCRATIVAS

 

Seguramente todo esto para los clientes corporativos de los bancos y casas de cambio significará:

 

·         Las entidades financieras cuando operen con entidades civiles solicitarán mas información y documentaciones relacionadas con la prevención de LA/FT.

 

·         Posibles restricciones de operatoria para las entidades civiles derivadas de incumplimientos en la entrega de información y documentaciones a las entidades financieras.

 

·         Aumento de costos a pagar por los servicios bancarios y cambiarios.

 

 

ACTUACION DEL PROFESIONAL EN CIENCIAS ECONOMICAS:

 

Cuando actuamos como consultor, auditor o administrador de entidades civiles es necesario reforzar los cuidados respecto del tema UIF y Normativa Antilavado.

Comunicar e Informar si es posible en forma fehaciente  a las autoridades electivas del ente acerca las normativas  de prevención LA/FT que puedan afectar las operaciones económicas de la entidad.

Tomar recaudos personales respecto de las responsabilidades legales que nos puedan corresponder derivadas de nuestra participación en las entidades.

En el caso de actuar como auditor y firmante de balances u otros documentos profesionales, realizar los procedimientos de control obligatorios que se detallan en las correspondientes Resoluciones Técnicas y recomendaciones de FAPCE y CPCECABA.

Rever el convenio de honorarios con el cliente (escrito o verbal) si estos cambios determinan una mayor compromiso horario, de responsabilidad profesional y emisión de nuevos informes, capacitaciones y dictámenes necesarios para presentar al banco.

Conservar los papeles de trabajo, memos, anotaciones y otras pruebas documentales que respalden nuestra gestión profesional.

Actualizarnos en forma permanente en la normativa y habilidades técnicas necesarias para manejar adecuadamente el tema.

La problemática de Prevención de LA/FT es importante y está para quedarse.

HORACIO CALABRO. FEBRERO 2023.