ASOCIACIONES CIVILES
RESUMEN DE LAS PRINCIPALES OBLIGACIONES ADMINISTRATIVAS, SOCIETARIAS Y
TRIBUTARIAS
- CONTABILIDAD y ESTADOS
CONTABLES
Organizar y llevar una contabilidad en libros
rubricados.según normas legales y técnicas (Codigo Civil, Resolución 7/2015
IGJ, Resolucion Técnica de exposición 11
FACPCE y otras resoluciones FACPCE de contabilidad y auditoría).
Respaldar todo los asientos contables con documentación
suficiente
Bancarizar ingresos individuales a partir de
$ 10.000.- (Resolución AFIP 2681)
Bancarizar egresos individuales a partir de $
1.000 (Ley 25345 y RG AFIP 1547)
Libros rubricados obligatorios actualizados: Diario.
Inventario y Balances.
Confeccionar Estados Contables anuales.según RT
11 FACPCE.
Confeccionar Inventario Contable anual.
Informe de Auditoría de Estados Contables y firma
legalizada por Consejo Profesional
Presentar los Estados Contables anuales a IGJ y AFIP.
Conservar libros y comprobantes como mínimo: 10 años.
- INSPECCION GENERAL DE
JUSTICIA
Acta constitutiva y Estatutos por escritura pública
notarial.
Autorización para funcionar: Personería Jurídica
Libros societarios rubricados obligatorios: Actas.
Registro de Asociados
Actas de reuniones regulares de Comisión Directiva
según estatuto.
Acta anual de Comisión Directiva convocando a Asamblea
Ordinaria Asociados
Acta de Asamblea Ordinaria de Asociados
Otras Actas de Comisión Directiva
Otras Actas de Asambleas Extraordinarias de Asociados.
Transcripción de Actas al libro rubricado y firmas de los asistentes.
Registrar altas, cumplimiento de cuota social y bajas
en Libro de Asociados
Presentación a IGJ:
Documentación previa de Asambleas de Asociados
Presentación a IGJ:
Documentación posterior de Asambleas de Asociados
Trámite de Inscripción de Autoridades (renovación de Comisión
.Directiva y Revisores de Cuentas)
Trámite de Rubricación Libros Contables y Societarios
Trámite Cambio
de Sede Social.
Trámite Reformas de estatuto
Otros trámites no habituales en IGJ
Inscripción en AFIP y obtención CUIT y Clave Fiscal
Alta de impuestos a las Ganancias e IVA (exento o
responsable, según corresponda)
Adhesión a domicilio fiscal electrónico
Tener actualizado su domicilio fiscal principal y
filiales. Resoluciones 10 y 2109.
Códigos de actividades: actualizado
según RG 3537 (formulario 883).
Datos de la entidad en el Sistema Registral: forma
jurídica y cierre ejercicio
Solicitud del Certificado de Exención Impuesto a las
Ganancias (RG 2681, Art. 1 a
20) y autorización deducibilidad donaciones
si corresponde (Ley IG Art. 81 c)
DDJJ anual Ganancias Personas Jurídicas
DDJJ anual Informe Fines Fiscales
Estados Contables.
Envío PDF por PUB (Presentación Unica de Balances)
DDJJ anual
Artículo 21 RG 2681 y Anexo VI (bancarización ingresos). PDF por PUB.
DDJJ mensuales IVA (solo si es responsable inscripto-si es
exento no presenta)
DDJJ mensuales SEGURIDAD SOCIAL (sólo si es empleador)
Autoridades actuales inscriptas en IGJ
No tener autoridades o administradores querellados
penalmente
Clave de identificación tributaria: actualizada según
responsable legal actual
Tener cumplidas notificaciones recibidas en
e-ventanilla.
Control anual de
Renovación Automática del Certificado de Exención (Procedimiento 3er.mes
anterior al vto exención: según RG
artículos 21 a
26 y 3° de Resolución General AFIP 2681)
- DIRECCION DE RENTAS
PROVINCIAL
Inscripción en
cada jurisdicción provincial donde actúe la entidad
Solicitud de Exenciones en cada jurisdicción
provincial donde actúe la entidad
(Las Asociaciones Civiles, como todas las personas jurídicas, están
reguladas por la Resolución UIF 30/2011.
Se convierten en “Sujetos Obligados” si en un mismo mes reciben de un integrante
o tercero aportes -- donaciones, aportes
de capital, patrocinios, subsidios públicos o privados y todo otro aporte sin
contraprestación -- en dinero o especie que totalicen – en un mes -- el
parámetro que el organismo actualiza periódicamaente ( $ 140.000.- a Enero 2019).
En ese caso deberá cumplir las siguientes
obligaciones:
Inscribirse en UIF dentro de los 30 días siguientes al
ingreso.
Nombrar e
inscribir en UIF un responsable legal ante el organismo, denominado “Oficial de Cumplimiento” (Debe ser una autoridad de la entidad
designada por ésta).
Presentar mensualmente en la web de UIF el Reporte
Mensual de Operaciones
Presentar (si correspondiere) reportes de operaciones
inusuales o sospechosas
Solicitar a los aportantes DDJJ de licitud de fundos si se superan determinados
importes de aporte ($ 400.000 a Enero 2019).
Solicitar a los aportantes DDJJ de licitud de fundos y comprobantes respaldatorios si se superan determinados
importes de aporte ($ 800.000 a Enero 2019).
Determinar el “perfil de aportante” para cada persona
que ingrese fondos a la entidad.
Organizar y mantener bases de datos y archivos de
comprobantes respecto de cada ingreso de fondos de aportantes.
Confeccionar e implementar un Manual de Prevención de
Lavado de Activos.
Capacitar al personal, autoridades e integrantes que participen en el circuito de recepción de
aportes de fondos o bienes recibidos.
Realizar una auditoría especial de fondos cuando la
totalidad de ingresos del año calendario supere el parámetro específico ($
1.400.000.- a Enero 2019).
Asimismo cabe consignar que el Contador Público
auditor y firmante del Balance de un Sujeto Obligado se convierte
automáticamente a su vez también en Sujeto Obligado (Resolución UIF 65/2011). ■