martes, 23 de julio de 2019

COOPERADORAS ESCOLARES en la Ciudad de Buenos Aires.


  • SITUACION JURIDICA Y FUNCIONAMIENTO LEGAL

Marco Normativo básico Ciudad de Buenos Aires: Ordenanza CABA  Nº: 35514 / 1980 y  Ley CABA 3372 /2009. Fondo Único Descentralizado de Educación (FUDE).

La Cooperadora deberá constituirse como
  • Simple Asociación (no necesita tramitar personería jurídica en IGJ) o,
  • Persona Jurídica de Inspección General de Justicia (Asociación Civil o Fundación).

Se registrará en el Ministerio de Educación de la Ciudad de Bs As e interaccionará con la Dirección de la Escuela, la Gerencia Operativa de Apoyo a Escuelas, la Dirección de Servicios a Escuelas y el “Asesor Distrital” que le corresponda según el domicilio de la Escuela respectiva.

Los órganos sociales son  COMISION DIRECTIVA. COMISIÓN REVISORA DE CUENTAS y ASAMBLEA DE ASOCIADOS.

Funcionamiento legal:  una reunión mensual de Comisión Directiva y  Una asamblea anual ordinaria de asociados

Plan Anual Institucional:  En función de la Ley 3372, dentro de los 45 días de iniciado el ciclo lectivo se deberá elaborar el Plan Anual Institucional

Para la realización del PAI el equipo directivo del establecimiento  (director/a de la escuela) debe convocar a una reunión plenaria con una antelación no menor a 10 días hábiles a los/as docentes, la asociación cooperadora, padres, madres y responsables legales de alumnos/as que estén cursando sus estudios en la institución y, en caso de corresponder, el centro de estudiantes.

  • FUNCIONAMIENTO OPERATIVO. INGRESOS Y GASTOS.

En su actividad habitual los directivos de  la Cooperadora Escolar  actuarán  estrechamente relacionados con la Dirección de la Escuela, los alumnos y sus padres además de empresas que apoyen y funcionarios de la Ciudad que asesoran y controlan sus actividades.

Participa de la elaboración anual del Plan Institucional que lidera la Dirección de la Escuela,  coordina la participación de padres, alumnos y voluntariado para todo el trabajo necesario a fin de obtener los fondos y materiales necesarios,  realizar obras de mantenimiento edilicio,  organizar eventos sociales comunitarios y todas las demás tareas específicas ligadas al apoyo y desarrollo de la escuela oficial donde actúe.

INGRESOS:  Subsidio FUDE,  Otros subsidios oficiales o privados, cuotas de asociados, eventos, donaciones y apoyo de empresas y terceros.

EGRESOS: materiales  y servicios educativos, insumos y servicios de mantenimientos y costos de los eventos que se realicen.


  • CONTABILIDAD Y ESTADOS CONTABLES


LIBROS RUBRICADOS POR LA DIRECCION DE LA ESCUELA: 

  • Actas.
  • Asociados.
  • Diario.
  • Inventario.
  • Bancos (un libro por cada cuenta bancaria)


ESTADOS CONTABLES:

  • Balance y Estado de Recursos y Gastos.
  • Cuadro anual Demostrativo  de Recursos y Gastos
  • Formulario de Rendición de Subsidios

Toda las operaciones económicas y los asientos contables respectivos deben estar respaldados por comprobantes de suficiente validez fiscal según normas legales y afip.

El movimiento de fondos debe estar absolutamente bancarizado.  Todos los ingresos depositados en su cuenta bancaria y efectuar los pagos con cheque o transferencia bancaria.  Para los pequeños gastos misceláneos de hasta $ 1.000.- puede utilizar el sistema de fondo fijo (caja chica) debidamente respaldado con comprobantes.

Debe llevar una contabilidad organizada y auditada por Contador Público.

Dentro de los 30 días de iniciado el Ciclo lectivo, las Asociaciones Cooperadoras deberán elevar a la Dirección General de Servicios a Escuelas -DGSE- el Cuadro Demostrativo de Recursos y Gastos del ejercicio inmediato anterior.  Asimismo deberá hacer las rendiciones de los Subsidios FUDE recibidos y confeccionar y presentar el Formulario correspondiente.

·       OBLIGACIONES IMPOSITIVAS Y PREVISIONALES
Las Cooperadoras Escolares deben inscribirse en los organismos  oficiales de control:  AFIP, AGIP y ANSES (solo en caso de tener empleados en relación de dependencia).
AFIP: Inscripción. Cuit.Clave Fiscal. Solicitud de Certificado de Exención y Factura Electrónica. Cumplir con Declaraciones Juradas y demás requisitos de Resolución AFIP 2681.Control de renovación anual del Certificado de Exención.
AGIP: Inscripción. Cuit.Clave Fiscal. Solicitud de Certificado de Exención.Padrón Exentos CABA(web).
PREVISIONAL:  si la cooperadora tiene empleados debe darlos de alta y baja en Anses,  entregar recibo de sueldos, registrarlos en el libro laboral rubricado correspondiente  y presentar mensualmente la declaración jurada y pago de cargas sociales.  La Cooperadora Escolar debe cumplir con toda la legislación laboral-previsional y en especial con la Ley de Contrato de Trabajo.■ JUL19.