SUJETO OBLIGADO ($ 196.000)
Las entidades se convierten en “Sujeto
Obligado UIF” cuando reciban de un mismo tercero en un mismo mes calendario DONACION o APORTE superior
a $ 196.000.-
DONACION-APORTE RECIBIDO SUPERIOR A $ 560.000
Deberán solicitar al donante los siguientes datos y documentación:
Declaración Jurada sobre licitud y
origen de fondos. (Si el importe es superior a $ 1.120.000- el donante debe
aportar documentación respaldatoria de su DDJJ).
Persona Humana: nombre y apellido, fecha
y lugar nacimiento, nacionalidad, sexo, estado civil, dni, domicilio real,
teléfono, mail, profesión.
Persona Jurídica: razón social,cuit,
copia certificada del contrato social con las inscripciones registrales,
domicilio legal, teléfono, mail, datos de autoridades y actas certificadas.
Organismo Oficial: Copia certificada del acto administrativo de designación del
funcionario interviniente; Número y tipo de documento de identidad del
funcionario que deberá exhibir en original. Se aceptarán como documentos
válidos para acreditar la identidad, el Documento Nacional de Identidad,
Libreta de Enrolamiento, Libreta Cívica o Pasaporte; Domicilio real (calle,
número, localidad, provincia y código postal) del funcionario; C.U.I.T. (clave
única de identificación tributaria), domicilio legal (calle, número, localidad,
provincia y código postal) y teléfono de la dependencia en la que el funcionario
ejerce funciones.
AUDITORIA INTERNA ANUAL
Auditoría Interna. Los Sujetos Obligados que
reciban donaciones o aportes de terceros por montos que superen los PESOS UN
MILLON NOVECIENTOS SESENTA MIL ($ 1.960.000) en un año calendario, deberán
contar con un sistema de auditoría interna anual que tenga por objeto verificar
el cumplimiento efectivo de los procedimientos y políticas de prevención contra
el Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo.