AFIP. RESOLUCION 4697.
LAS ASOCIACIONES CIVILES, FUNDACIONES Y OTRAS ENTIDADES CIVILES DEBERAN PRESENTAR LA DECLARACION JURADA INFORMATIVA AL 31/12/2019 CON VENCIMIENTO EL 29/1/2021.
PARA ELLO DEBEN ADHERIR CON CLAVE FISCAL EL SERVICIO “Régimen de Información de Participaciones Societarias y Rentas Pasivas” .
La informacion incluye:
a) Los datos básicos de las autoridades de la entidad vigentes al 31/12/2019.
b) Detallar quien/quines son "beneficiarios finales"
c) Enviar la DDJJ
c) Obtener copia de la DDJJ y el respectivo acuse de la presentación.
ANALISIS DE RESOLUCION AFIP 4697
Tema
Generico: INFORMACION SOCIETARIA - DECLARACIONES
JURADAS
Enfoque: acentuando lo que hay que saber para
Asociaciones Civiles y Fundaciones.
Esta norma
publicada en B.O 15/4/20 fue modificada
parcialmente por: 4878.
Reemplaza y deroga a su similar anterior 3293.
Comentario
previo: esta resolución 4697 reemplaza a 3293 que imponía la obligación de
presentar las mismas ddjj pero pero hechas por aplicativo. En esta nueva 4697 las ddjj se confeccionan y presentan directamente
en la web afip con 2 servicios que hay que “adherir con clave fiscal”:
DDJJ ANUAL:
servicio Régimen de Información de Participaciones Societarias y Rentas
Pasivas”. (Julio cada año )
DDJJ OCASIONAL: servicio
“Actualización Autoridades Societarias” (Vto. Inscripción
afip y cuando cambien autoridades)
Importante: lo que esta
venciendo el 29/1/21 es la DDJJ anual 2019 del Titulo I de la resolución.
Importante: no presentan
ninguna DDJJ las Asociaciones: cooperadoras-religiosas-indigenas.
ESQUEMA DE LA RESOLUCION
TITITULO I: REGIMEN DE
INFORMACION ANUAL
TITULO II: REGISTRACION DE
OPERACIONES
TITULO III: ACTUALIZACION DE
AUTORIDADES
TITULO IV; DISPOSICIONES VARIAS Y SANCIONES
TÍTULO I: RÉGIMEN DE INFORMACIÓN ANUAL
(Servicio Afip “Régimen de Información de Participaciones Societarias y Rentas
Pasivas” disponible en el sitio “web” institucional
(http://www.afip.gob.ar), al cual se accede utilizando la correspondiente clave
fiscal
Vencimiento DDJJ: es
anual y vence para todos en Julio de
cada año
La información a declarar es la vigente al 31/12 del año
calendario anterior al Vto.
Articulos
1 a 7
Que informan las
entidades civiles?: Autoridades(nombre-cuit-domicilio-benef
final)
TÍTULO II: RÉGIMEN
DE REGISTRACIÓN DE OPERACIONES
servicio “Registración de Transferencias de Participaciones
Societarias”, con “Clave Fiscal”
Articulos 8 a 10
(No es tema de
interés para Asociaciones Civiles, Fundaciones y otras entidades civiles porque
legisla sobre transferencia de títulos y acciones)
TÍTULO III: RÉGIMEN DE
ACTUALIZACIÓN DE AUTORIDADES SOCIETARIAS
servicio afip “Actualización
Autoridades Societarias” con “Clave Fiscal”
Vencimiento DDJJ: 10
habiles después de inscripción en Afip y cuando haya cambios de autoridades
(nombramientos, ceses)
Articulos: 11 y 12.
Que informan las
entidades civiles?: Autoridades(nombre-cuit-domicilio-inicio y fin mandato)
TÍTULO IV DISPOSICIONES GENERALES
Dispone que los incumplimientos a esta resolución impedirá a las
sociedades tramitar distintos asuntos como por ejemplo: certificados de
beneficios (exenciones?) . Habrá que estar antentos en el futuro a este tema
especial. Articulos:13 a 15.
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