Asociaciones Civiles y Fundaciones
INSCRIPCION AFIP – CUIT –CLAVE FISCAL
ALTA IMPUESTO GANANCIAS
– IVA
CERTIFICADO DE EXENCION
PRESENTACIONES ANUALES Y CONTROLES
· INSCRIPCION
– CUIT Y CLAVE: DD JJ INICIAL POR INTERNET
(F.420/j)
El representante
legal de la entidad (Presidente) con su cuit personal confecciona aplicativo y
presenta por internet el Módulo de Inscripción de Personas Jurídicas
(M.I.P.J.). Formulario de DDJJ 420/j.
(Datos a cargar en
aplicativo: datos de la entidad y datos
de las autoridades).
Obtener Acuse Recibo
Internet y Copia DDJJ.
·
PRESENTACION DE DOCUMENTACION EN AGENCIA AFIP
Dentro de los 30 dias siguientes a la presentación de DDJJ 420/j, el representante legal (o una persona
autorizada con poder afip – formulario 3283
afip ) concurre a Agencia AFIP que le corresponda y presenta:
a) dni si concurre representate legal o dni+poder afip formulario 3283
si concurre otra persona.
b) Acuse Recibo DDJJ;
c) Copia de Estatuto y Acta Constitutiva con designación de autoridades
y sede social.
d) llevar prueba documental de
domicilio sede social.
APROBACION AFIP – CUIT – CLAVE FISCAL
Una vez aprobada la documentación presentada en Agencia, el empleado Afip entrega CUIT y CLAVE FISCAL
al presentante.
·
ALTA EN IMPUESTOS
Una vez obtenido CUIT y CLAVE FISCAL hay que dar de alta el Impuesto a
las Ganancias e IVA (elegir exento).
También: domicilio fiscal electrónico y adherir mail de la entidad para
notificaciones
·
SOLICITUD DE CERTIFICADO DE EXENCION
Inmediato al alta en el impuesto a las ganancias, solicitar el Certificado de Exención.
Ingresar a web afip con clave fiscal
En “Administrador de relaciones de clave fiscal” buscar e incorporar el servicio “CERTIFICADO
DE EXENCION EN EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS”
Una vez habilitado dicho servicio: ingresar a la opción “REGIMEN
SIMPLIFICADO-INGRESAR SOLICITUD”
(Al cargar los datos solicitados también
solicitar la opción Art. 81 inciso c – Donaciones deducibles).
Si todo está bien cargado: el
sistema emite el acuse de recibo y el numero de presentación. Si el sistema
rechaza por algún fallo formal hay que cerrar todo y luego de solucionar el
problema, hacer una nueva presentación.
Si el sistema aceptó la presentación: dentro de los 12 días siguientes
concurrir a la Agencia AFIP con acuse recibo y número de presentación y
documentación complementaria si esto fue pedido por el sistema al aprobar. Si no concurre dentro del plazo,
automáticamente la solicitud es anulada.
Si la Agencia Afip acepta la documentación presentada: ingresar con clave fiscal en el referido
servicio CERTIFICADO DE EXENCION y consultar el estado del trámite. Obtener la
“Admisibilidad Formal” (es una especie de certificado provisorio).
Afip debe expedirse dentro de los 15 días siguientes a la admisibilidad
formal. Puede pedirnos ampliar la
documentación presentada y entonces el plazo se corre.
Si la AFIP otorga el Certificado de Exención lo podemos visualizar e
imprimir entrando con clave fiscal al servicio CERTIFICADO DE EXENCION.
Si no aparece: ir a Agencia y
ver que está pasando. Podemos presentar
multinota solicitando se termine el trámite.
Importante: Si no realizamos la
inscipcion en Afip y el pedido de Exención dentro de los doce meses de inicio
actividades ya no podremos hacer la Exención por el método simplificado y habrá
que presentar el aplicativo del Regimen General (más complicado) y las DDJJ de
impuestos vencidos.
·
DDJJ
Y TRABAJOS IMPOSITIVOS REGULARES
(Para mantener vigente al
exención AFIP)
--DDJJ IMPUESTO A LAS GANANCIAS PERSONAS JURIDICAS
--INFORME FINES FISCALES
--PRESENTACION PUB DE ESTADOS
CONTABLES Y CERTIFICACION DONACIONES
--DDJJ RG 3293 (INFORMACION
SOCIETARIA)
-CONTROL ANUAL DE EXENCION: EN
10° MES EJERCICIO INGRESANDO CON CLAVE FISCAL A “CERTIFICADO DE EXENCION-CONTROL DE
INCUMPLIMIENTOS PARA RENOVACION DE CERTIFICADO”.
--RECOMENDADO: TODOS LOS MESES
INGRESAR A e-Ventanilla Y REVISAR SI HAY NOTIFICACIONES DE AFIP (ES OBLIGATORIO
SU CONTESTACION O CUMPLIMIENTO)■
Dr. Horacio Miguel Calabró. CP CPCECABA T.59
F.156. www.horaciocalabro.blogspot.com.ar
DE INTERES PARA MATRICULADOS QUE ATIENDAN ASOCIACIONES O FUNDACIONES
ASESORIA TECNICA PARA MATRICULADOS EN EL
CPCECABA
Atención
Presencial: solicitar turno por web Consejo ingresando en “Asesoramiento”. Area
Sociedades. Asociaciones Civiles y Fundaciones.
Dr. Horacio Miguel Calabró.
Atención
Telefónica: llamando al Consejo. Gerencia Técnica. 5382-9600
Consultas
Web: ingresando en “Asesoramiento/Consultas via web/aquí”
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