lunes, 15 de junio de 2015

FCE.UBA. Actuación del Contador en Sociedades. Entidades sin fines de lucro. BIBLIOGRAFIA: Aspectos Contables. Guia de Trabajos. UIF.

Entidades Sin Fines de Lucro
ASPECTOS CONTABLES


Las entidades de bien común deberán cumplimentar por lo menos los siguientes aspectos contables a fin de cumplir con las obligaciones legales en la materia y respaldar su conducción operativa.

·          Llevar una contabilidad organizada.
·          Seguir lineamientos de RT11 FACPCE  o  RT24 (exclusivo para cooperativas)
·          Libros Rubricados
·          Respaldar sus registros contables con comprobantes legalmente válidos.
·          Confeccionar balances anuales
·          Presentar las documentaciones contables a los Organismos Oficiales de Control.
·          Contabilidad gerencial: presupuesto y control presupuestario, tablero de comando y reportes contables complementarios para respaldar la gestión de las autoridades y la gerencia de la entidad.

CONTABILIDAD ORGANIZADA

·          En legal forma

·          Técnicamente correcta (RT FACPCE)

·          Registros actualizados

·          Respaldada con comprobantes de validez suficiente

·          Confeccionar Balances anuales


Esta frase significa llevar libros de contabilidad de acuerdo a los requerimientos legales que cada forma jurídica (Fundación, Asociación, etc) requiere según las leyes que la regula y lo dispuesto en sus propios estatutos y reglamentos.

En general los libros contables deberán ser rubricados por el organismo de control y llevados en forma cronológica y prolija,  sin tachaduras, enmiendas, interlineaciones o con espacios en blanco relevantes.

Los registros deberán ser llevados de acuerdo a las normas contables generalmente aceptadas y en acuerdo a las resoluciones técnicas del Consejo Profesional que corresponda a la provincia donde la entidad tenga su domicilio legal y sede social.

La contabilidad debe registrarse “al día”  por razones legales y porque una contabilidad ostensiblemente atrasada carece de utilidad práctica para la entidad y denota una alta posibilidad de falencia en su contenido.

Cada asiento contable deberá estar respaldado por lo menos por comprobantes externos de validez legal y tributaria suficiente.

Debe confeccionarse estados contables anuales, auditados y certificados por Contador Público matriculado y firmados por las autoridades electivas responsables.



La organización contable de un ente incluye:

·          Estatutos:  fecha cierre ejercicio y otras disposiciones referidas a la contabilidad.
·          Libros Rubricados y No Rubricados (si existen)
·          Plan de Cuentas
·          Sistema informático y manuales de registración.
·          Organización del flujo de comprobantes a registrar.
·          Organización de las imputaciones y rutina de asientos.
·          Capacitación del personal involucrado en la registración contable.
·          Mayor contable,  Balances Mensuales de Saldos
·          Conciliaciones bancarias y otros análisis básicos de consistencia de los informes.
·          Informes de auditoría intena (si existe).
·          Presupuesto anual y reportes de control presupuestario.
·          Estado de flujo de fondos y seguimiento permanente.
·          Inventarios periódicos e Inventario de cierre.
·          Estados Contables de Ejercicio
·          Informe del Auditor y Certificación del Balance
·          Informe del Revisor de Cuentas
·          Actas de aprobación de Estados Contables (Consejo Directivo y Asamblea Socios)

Para organizar la contabilidad de una entidad,  armar su Plan de Cuentas,  establecer las rutinas de asientos diarios, periódicos y de cierre y confeccionar sus Estados Contables,  el Contador Público a cargo deberá tener en cuenta por lo menos las siguientes cuestiones:

·          El tipo jurídico del ente
·          Las actividades de bien común que realiza
·          Las principales operaciones económicas regulares
·          La composición patrimonial del ente
·          El grado de complejidad de las operaciones económicas y su control
·          Los volúmenes económicas y masa crítica que maneja la entidad
·          La situación tributaria específica de la entidad
·          La información que requiere el Consejo Directivo para administrar
·          La información que requiere el Revisor de Cuentas para controlar
·          La información que requiere la Gerencia Ejecutiva para gestionar en el día a día
·          Otros requerimientos internos o externos a considerar

Una vez analizada estas variables,  el Contador puede armar el plan de cuentas y establecer las rutinas de registración y emisión de los informes necesarios para el funcionamiento de la entidad.

LIBROS RUBRICADOS

La entidad debe rubricar por lo menos los libros contables y societarios estipulados en las normas legales y reglamentarias respectivas.

Los libros obligatorios son:

·          FUNDACIONES:  Actas, Diario,  Inventario y Balances. (IGJ)

·          ASOCIACIONES CIVILES: Actas, Registro de Asociados Diario,  Inventario y Balances. (IGJ)

·          MUTUALES:  Diario, Caja, Inventario y Balances, Actas de Asambleas, Actas del Consejo Directivo, Actas de Junta Fiscalizadora, Registro Asistencia Asambleas, Registro de Asociados. (INAES)

·          COOPERATIVAS:  Diario, Inventario y Balances, Registro de Asociados, Actas de Asambleas, Actas del Consejo de Administración, Libro de Informes de Auditoría. (INAES)

·          SINDICATOS:  Diario, Inventario y Balances, Mayor, Actas Asambleas,  Actas Comisión Directiva,  Registro de Afiliados. (MINISTERIO DE TRABAJO)

·          OBRAS SOCIALES:  Diario, Inventario y Balances, Movimiento de Fondos, Aportes y Contribuciones,  Registro de Beneficiarios, Registro de Cambios de Beneficiarios, Actas. (MINISTERIO DE SALUD)

·          PARTIDOS POLITICOS:  Diario, Caja, Inventario y Balances, Actas, Libro de Afiliados.  (CAMARA FEDERAL ELECTORAL)


El resto de las entidades de bien común deben llevar también una contabilidad organizada pero llevan libros no rubricados:

Simples Asociaciones
Entidades Religiosas
Cooperadoras
Bomberos Voluntarios
Bibliotecas
Otras entidades sociales

Otros Libros Contables:

·          Libro de Sueldos (si la entidad tiene personal en relación de dependencia)
·          Libros  prescriptos en Estatuto o Reglamentos de la entidad.
·          Libros IVA (si la entidad está gravada por este tributo)
·          Libros Subdiarios de sucursales si corresponde por la envergadura
·          Otros libros determinados por la complejidad y actividades del ente.



COMPROBANTES RESPALDATORIOS

Todos y cada uno de los registros contables asentados en los libros rubricados y no rubricados que integran el Sistema Contable de la entidad,  tienen que estar respaldados por comprobantes legalmente válidos.

Los comprobantes pueden ser de dos tipos:  emitidos por terceros o emitidos por el popio ente.

Para respaldar adecuadamente la contabilidad se requiere que los asientos estén respaldados principalmente por comprobantes emitidos por terceros y que además tengan la suficiente validez fiscal (comprobantes de acuerdo  a la normativa de la Agencia Federal de Ingresos Públicos-AFIP)

Los comprobantes emitidos por el propio ente son válidos como complemento de los obtenidos de terceros.    Si una parte importante de la contabilidad está solamente respaldada por comprobantes emitidos por el propio ente,  adolecerá de la consistencia mínima requerida y puede ser objetada por las diversas áreas de la propia entidad y seguramente por los Organismos Oficiales de Control y por el propio Auditor Externo de la ONG.


ESTADOS CONTABLES


Todas las entidades de bien común tienen la obligación de confeccionar Estados Contables anuales y presentarlos a sus asociados, a los revisores de cuentas y a los Organismos Oficiales de Control.

Los Balances deberán seguir los lineamientos de la Resolución Nº 11 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales en Ciencias Económicas.  FACPCE.

La RT11 FACPCE se denomina “Normas Particulares de Exposición Contable para Entes sin Fines de Lucro”.

Contiene los siguientes capítulos principales:

·          Capítulo II - Alcance de normas comunes a todos los estados contables.

·          Capítulo III - Estado de situación patrimonial o balance general.

·          Capítulo IV - Estado de recursos y gastos.

·          Capítulo V - Estado de evolución del patrimonio neto.

·          Capítulo VI - Estado de flujo de efectivo.

·          Capítulo VII - Información complementaria.


Indica que “Estas normas particulares son aplicables a las asociaciones civiles sin fines de lucro, a las fundaciones y a los organismos paraestatales creados por ley para el cumplimiento de fines especiales.”

Una nómina no taxativa de este tipo de entes, según sean sus objetivos, es la siguiente:

- instituciones deportivas (clubes, asociaciones de clubes, federaciones, etc.);
- mutuales;
- cámaras empresariales;
- entes no lucrativos de salud, como ser las obras sociales;
- clubes sociales;
- sindicatos;
- asociaciones de profesionales;
- entes educativos y universidades;
- asociaciones vecinales;
- organizaciones religiosas;
- entidades benéficas;
-consejos profesionales;


Los modelos y cuadros que presenta la RT 11 son ejemplificativos y cada entidad, si bien es conveniente que siga sus lineamientos principales, puede adaptarlos a sus necesitades y grados de complejidad.

A continuación se expone un modelo ds Estados Contables  que sigue los lineamientos de la RT11.
Importante:  Lo que sigue es un Estado Simplificado adaptado a la RT11 pero el profesional actuante puede decidir otro formato de exposición que se adecúe a la entidad que organiza, asesora y/o audita.

ENCABEZAMIENTO
Denominación. Actividad. Fecha Estatutos. Nº de Persona Jurídica o Registro.
Fecha de iniciación  y finalización del Estado Contable.

ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL

Activo:
Caja y Bancos
Inversiones
Créditos (Cuotas Socios-Aranceles Socios-Aranceles a terceros-Otros)
Bienes para consumo o comercialización: (libros-mateiales-pelotas-instrumentos)
Bienes de Uso
Intangibles

Pasivo:
Deudas
Fondos con destino específico

Patrimonio Neto:
Según Estado de Evolución P.Neto


ESTADO DE RECURSOS Y GASTOS

Recursos:

Para Fines Generales:
Cuotas Sociales
Donaciones
Patrocinios
Eventos
Subsidios Oficiales
Subsidios Privados

Para Fines Específicos:
Ingresos Sector 1
Ingresos Sector 2
Ingresos Sector 3

Recursos Diversos:
Rentas de Inversiones
Otros ingresos diversos

Gastos:

Para Fines Específicos:
Gastos Sector 1
Gastos Sector 2
Gastos Sector 3

Para Fines Generales:
Gastos de Administración
Amortizacines B. de Uso
Gastos financieros

Resultado ordinario
Ingresos y Gastos Extraordinarios
Superavit o Deficit final

(Este Estado de Recursos y  Gastos se complementa en la Información Complementaria con un Cuadro Detallado de Recursos y Gastos por Sector)


CUADRO DETALLADO DE RECURSOS Y GASTOS POR SECTOR


Recursos:                                 General   Sector 1   Sector 2   Sector 3           TOTAL

INGRESOS DE ASOCIADOS
--Inscripciones
--Cuotas
--Aranceles
--Donaciones y Aportes

INGRESOS DE TERCEROS
--Aranceles
--Donaciones y Aportes
--Subsidios Privados
--Subsidios Oficiales

INGRESOS DIVERSOS
Financieros
Otros Ingresos Diversos


Gastos:

--Sueldos
--Cargas Sociales
--Honorarios
--Locaciones de 3ros.
--Materiales e Insumos
--Mantenimientos
--Gastos Legales
--Gastos Generales
--Amortizacion B.Uso
--Gastos Financieros
--Impuestos y Tasas
--Seguros
--Gastos Generales
--Gastos Extraordinarios

Totales

Importante:
Para diseñar el plan de cuentas de manera tal que la contabilidad reporte los datos que requiere este cuadro de Recursos y Gastos: 
Cada asiento contable registrará los recursos y gastos a las cuentas contables señaladas en la primer columna (Cuotas, Donaciones, Sueldos, Honorarios, etc) y en cada registro debe quedar establecido cual es el centro de costos (General, Sector 1, Sector 2. etc) que corresponde.

De esta manera podemos extraer de cada cuenta del mayor los saldos y totales de ingresos y gastos pero también lo que corresponda a cada centro de costos (sectores de la entidad).

ESTADO DE EVOLUCION DEL PATRIMONIO NETO

Capital aportado por Asociados:
Saldo inicio
Aportes del ejercicio
Saldo final

Resultados:Acumulados
Saldo inicio
Superavit o Deficit Ejercicio
Saldo final


ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO

…Saldo inicial de caja y bancos

…Ingreso de fondos del ejercicio:
Recursos Ordinarios cobrados
Cobro venta bienes de uso
Cobro inversiones
Cobro ingresos extraordinarios

…Egreso de fondos del ejercicio:
Gastos Ordinarios pagados
Pago compra bienes de uso
Pago colocación inversiones
Pago egresos extraordinarios

…Saldo final de caja y bancos

NOTAS CON DETALLE DE CADA RUBRO DEL ACTIVO Y DEUDAS.
ANEXO BIENES DE USO
OTROS ANEXOS REQUERIDOS POR LA ACTIVIDAD
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES (valuaciones, garantías, juicios, otros asuntos)


APROBACION Y PRESENTACION DE ESTADOS CONTABLES


En la preparación, control y presentación de los estados contables intervienen distintos operadores propios y externos a la entidad

El Consejo Directivo es el órgano responsable de la contabilidad de la entidad y de la preparación y presentación de los estados contables. El Presidente y el Tesorero de la entidad son las personas clave en este tema.  El Auditor Externo practica la auditoría y certifica el balance. El Revisor de Cuentas tiene la obligación de controlar los estados contables y emitir un informe anual sobre los mismos.  Finalmente el Organismo Oficial de Control (IGJ u otro)  recibe los Estados Contables y la documentación relacionada.

Un cronograma  básico de hechos relacionados con los estados contables es el siguiente:

Cierre de Ejercicio:  es la fecha de finalización del ejercicio contable que estipula el Estatuto Social de la entidad.

Inventario Contable:  a la fecha de cierre de ejercicio se hará un detalle contable de los activos, pasivos y patrimonio neto de la entidad.   Este detalle debe coincidir con exactitud matemática respecto del total de sus rubros con los asientos contables de cierre y con los rubros expuestos en el Balance General.   El Inventario es ocmo una foto ampliada del Balance General.  Este inventario contable se transcribirá en el Libro Inventario y Balances de la entidad.

Estados Contables:  deberían estar terminados, auditados y transcriptos en el libro Inventario y Balances no mas allá de los sesenta días posteriores al cierre del ejercicio por cuanto luego deberán ser aprobados en reunión del órgano de administración, circularizados al revisor de cuentas y publicados en forma previa a la asamblea de socios.

Acta de aprobación del Consejo Directivo:  el órgano de administración se reunirá y aprobará los estados contables y formalizará la covocatoria y el Orden del Dia de la próxima Asamblea de Asociados.  Esta reunión y acta debería hacerse hasta el día setenta  posterior al cierre.

Presentación a la IGJ u otro organismos antes de la Asamblea:  Excepto las fundaciones,  el resto de las entidades presentarán antes de la asamblea,  el acta de convocatoria, los estados contables, la memoria y el informe del revisor de cuentas.

Asamblea de Asociados:  se celebra hasta el último día del cuarto mes posterior al cierre del ejercicio.   Se aprueba la documentación contable.   El acta de la asamblea se presenta posteriormente a la IGJ u otro otro organismo que corresponda.




Entidades sin fines de lucro.  Contabilidad.  Títulos Principales.


CONTABILIDAD ORGANIZADA:  QUE ES

Ver estatuto-Ver operaciones-Ver activos- Usuarios internos y externos- Plan de Cuentas-Sistema-Controles- Inventarios – Balances.
Control Presupuestario. Tablero de Comando. Estado mensual de fondos.
LIBROS RUBRICADOS
Contables y Societarios
No rubricados
COMPROBANTES
Validez legal – Externos – Internos
ESTADOS CONTABLES

RT 11 -  Encabezam. – Sit.Patrimonial – RyG –EPN – Flujo – Cuadro Gastos – Anexo B.Uso – Notas

PRESENTACION DOCUMENTACION CONTABLE

Presentaciones internas (CD-Revisor-Auditor-Gerencia)
Presentaciones externas (IGJ – AFIP – BANCOS – DONANTES)




Guía básica de trabajos del profesional en ciencias económicas en Entidades sin fines de lucro
Dr. Horacio Miguel Calabró



Consideraciones generales:


ESTUDIO DE  LA ENTIDAD

En primer lugar será conveniente establecer para que tipo de entidad u organización vamos a brindar nuestros servicios profesionales.  Esto implica precisar asuntos tales como:

Tipo jurídico de la entidad
Objeto y actividades de bien común que desarrolla
Como se conforma el elenco de autoridades.  Quienes son.  Qué quieren.  Quienes tienen el poder formal y real.
Cuál es el contexto social, económico y político en que se mueve esta entidad.
Cómo está organizada.  Cuál es su historia.  Características de su personal rentado, voluntariado, sponsors y patrocinantes.
En qué medios sociales se mueve la organización.  Quienes son “sus clientes” y “sus proveedores”.
Cuál es su perspectiva a corto, mediano y largo plazo.
Vinculaciones con el Gobierno.
Vinculaciones con empresas y personas líderes o importantes del sector.
Envergadura y complejidad de sus activos, ingresos y costos.
Historia y actualidad de su organización administrativa y contable.


SITUACION ACTUAL

•              Contable:  Libros-Balances
•              Tributaria:  AFIP-RENTAS
•              Legal:  IGJ-UIF

Hacer un cuadro de situación tributaria.  Qué obligaciones básicas tiene la entidad con AFIP y  RENTAS.  Ver estado de la contabilidad. Presedntaciones en IGJ y UIF..   Determinar si está todo al día y en orden o hay atrasos,  incumplimientos,  intimaciones u otras circunstancias similares de interés.

RELACION CON AUTORIDADES Y EL PERSONAL DE LA ENTIDAD

El profesional tiene que identificar rápidamente las autoridades con las cuales deberá interaccionar.  Normalmente el Presidente y el Tesorero,  así como los Revisores de Cuentas son las personas clave a tener en cuenta. 

Asimismo estaremos en contacto con los Gerentes,  integrantes del Comité Ejecutivo y otras personas que directamente están en la conducción diaria y administración de la institución. 

Finalmente hay que determinar que empleados u otros integrantes de la organización son designados para tomar tareas contables y administrativas que necesitaremos delegar y capacitar para llevar a cabo nuestra tarea.

En todas las relaciones humanas que establezcamos dentro de la organización tenemos que tener en cuenta que estamos en una entidad de bien común cuyas autoridades,  personal, voluntarios y allegados tienen objetivos,  desempeños y  características laborales y sociales a veces distintas de lo que habitualmente manejamos en la sociedades comerciales.  Aquí los objetivos son distintos y el accionar de las personas muchas veces es también distinto.

CONTRATO

El profesional en un plazo relativamente breve deberá establecer cuál será su inserción en la entidad (Auditor,  asesor, gerente, empleado, director, voluntario, etc). 

Sea cual fuere la modalidad del servicio será conveniente que se establezca un acuerdo contractual,  por lo menos provisorio,  que detalle los servicios a prestar y la remuneración convenida y su forma de pago,  actualizaciones por inflación y otros asuntos relacionados.

ACTUACION PROFESIONAL

Actuar en forma profesional implica principalmente:

•              Organizar metódicamente nuestra tarea
•              Elaborar planes de trabajo y su seguimiento.
•              Elaborar el cronograma de asuntos administrativos de la entidad.
•              Actuar con capacidad técnica.
•              Actualizar nuestros conocimientos en forma permanente.
•              Tomar las consultas o problemas con detenimiento y efectuar las correspondientes respuestas.
•              Establecer y supervisar que los trabajos administrativos se cumplimenten en tiempo y forma.  Vigilar los libros rubricados,  los comprobantes respaldatorios,  los estados contables y todos los demás reportes y documentos necesarios para el mantenimiento administrativo-contable de la entidad. Una contabilidad atrasada o incompleta y la falta de orden administrativo son signos de deficiente actuación profesional.
•              Las presentaciones en IGJ, AFIP y RENTAS son una de nuestras principales responsabilidades.  Hay que estar en forma permanente sobre estos temas.
•              Interaccionar adecuadamente con las autoridades, el personal y otros profesionales relacionados con el ente.
•              Tener informada en forma permanente a los órganos directivos y de contralor.
•              Nuestro accionar debe identificarse con los objetivos de la organización pero respetando las normas legales profesionales y la ética de la profesión.
•              Gestionar el cumplimiennto en tiempo y forma del pago de nuestros honorarios.■








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Trabajos a Realizar


AREA LEGAL-SOCIETARIA


•              Estudio y análisis del Estatuto de la Asociación Civil para establecer el funcionamiento y las obligaciones legales, tributarias, contables y de otra índole de la entidad y asesorarla adecuadamente.


•              Rubricación de libros obligatorios:  Inventario, Diario, Actas, Asociados.

•              Acta de reunión mensual de rutina de Comisión Directiva.


•              Acta de reunión de CD aprobando  Memoria y Estados Contables y convocando a Aamblea ordinaria anual.de asociados   Memoria.  Informe del Organo de Fiscalización. Convocatoria. 

•              Publicaciones de la convocatoria.

•              Presentación de documentación a IGJ previa a la Asamblea Ordinaria (3 semanas antes de la asamblea).


•              Acta de asamblea ordinaria anual.


•              Presentación de documentación a IGJ posterior a la Asamblea Ordinaria (hasta 3 semanas después de la asamblea).

•              Mantenimiento de Libro de Actas rubricado.

•              Mantenimiento del Libro de Asociados.

•              Mantenimiento de Carpeta IGJ con copias de presentaciones efectuadas.

•              UIF:  organización y seguimiento de los procesos administrativos antilavado

•              UIF:  registración de la entidad,  oficial de cumplimiento,  reportes mensuales,  legajos de clientes,  documentación por donaciones recibidas,  informe de auditoria interna anual antilavado .



AREA TRIBUTARIA


•              Estudio de la situación impositiva de la entidad cotejando el Estatuto,  las operaciones económicas reales,  la contabilidad y las normas tributarias aplicables.  Definiendo las obligaciones con AFIP y DIRECCION DE RENTAS PROVINCIAL.

•              Certificado de Exención AFIP.

•              Certificado de Exención RENTAS PROVINCIAL.

•              DDJJ Impuesto Ganancias Sociedades

•              DDJJ Informe para fines fiscales

•              DDJJ Información detallada de autoridades de la Asociación.
•              DDJJ Sicore (Sistema de retenciones)

•              DDJJ SUSS (cargas sociales laborales)

•              Presentación de Notas DDJJ a bancos para obtener rebaja tasa Impuesto Bancario.


AREA LABORAL

•              Si la entidad tiene empleados en relación de dependencia tiene todas las obligaciones concernientes igual que cualquier sociedad comercial.

•              Libro rubricado de la Ley de Contrato de Trabajo (Personal y Remuneraciones).

•              Estudio de la situación laboral general en la Asociación y del Convenio Colectivo de Trabajo que corraesponda.

•              Control de las liquidaciones mensuales de sueldos y de la documentación de respaldo (recibos de sueldo,  legajos,  etc).

•              DDJJ  SUSS mensual y pago de cargas sociales


AREA CONTABLE



•              Considerar:  FACPCE  RT11 (Normas de exposición contable para entidades sin fines d elucro)  y  RT 8 y 9  (Normas generales de contabilidad y balances).

•              Organización de la contabilidad y el control interno de la entidad.

•              Armonización de la contabilidad con las obligaciones legales y las necesidades internas y estatutarias de la entidad.


•              Rubicación en IGJ de  Libro Inventario y Libro Diario. (y de corresponder rubricción de subdiarios especiales que determine el estatuto o la propia actividad del ente).


•              Contabilidad mensual al dia e informe básico para el Organo de Administración y la Gerencia y para el control interno: Balance de Saldos.  Estado de flujo de fondos, Control Presupuestario, Tablero de Comando, Otros reportes gerenciales para la entidad.

•              Comprobantes respaldatorios de suficiente validez legal para todos y cada uno de los registros contables de la asociación.


•              Inventario Contable Anual.

•              Estados Contables anuales (confección, auditoría, certificación).

UIF.  UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA


La Ley Nº 25.246 de ENCUBRIMIENTO Y LAVADO DE ACTIVOS DE ORIGEN DELICTIVO, sancionada por el Congreso de la Nación el 13 de abril de 2000 y promulgada por el Poder Ejecutivo el 5 de mayo del mismo año (Decreto 370/00), crea en el plano preventivo la Unidad de Información Financiera, encomendándole el análisis, el tratamiento y la transmisión de información a los efectos de prevenir e impedir el lavado de activos provenientes de una serie de delitos graves.

Por medio de la Ley Nº 26.268 sobre ASOCIACIONES ILÍCITAS TERRORISTAS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO, sancionada por el Congreso de la Nación el 13 de junio de 2007 y promulgada de hecho por el Poder Ejecutivo Nacional el 4 de julio del mismo año, se modificó la Ley 25.246, extendiendo el mandato de la Unidad de Información Financiera al análisis de operaciones sospechosas de financiamiento del terrorismo.

La UIF funciona con autonomía y autarquía financiera en jurisdicción del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. (Artículo 5° de la Ley N° 25.246)

QUE DEBEN HACER LAS ONG

Las entidades sin fines de lucro son “sujetos obligados”  a cumplir con toda la regulación de la UIF para la prevención del lavado de dinero con fines delictivos.

Las Fundaciones, Asociaciones, Mutuales, Cooperativas y demás entidades civiles que reciban donaciones o aportes de terceros deberán designar a una de sus autoridades electivas como “oficial de cumplimiento” que será el responsable ante este organismo de control.

Además las entidades deberán llevar una base de datos de aportantes y requerir a ellos documentaciones y declaraciones juradas que justifiquen el origen lícito de los fondos que están aportando a la entidad.

El oficial de cumplimiento deberá hacer un reporte mensual standard a la UIF por vía electrónica ingresando en la página web del organismo.

Asimismo si se detectaran ingresos de fondos no habituales o sospechosos deberán hacer reportes específicos a la UIF.

Los Contadores Públicos auditores están obligados a confirmar que la entidad adecuó su organización contable y de control a las normas UIF

lunes, 8 de junio de 2015

Curso Actuación del Contador en Sociedades: Bibliografía. ONG. Administración Legal-Societaria y Administración Tibutaria.

ACTUACION DEL CONTADOR EN SOCIEDADES
ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO
ADMINISTRACION LEGAL-SOCIETARIA



Si bien es el abogado el profesional natural para manejar los trabajos administrativos-jurídicos de entidades civiles o sociedades comerciales,  frecuentemente encontramos que el Contador Público es el responsable del asesoramiento y ejecución de las tareas del área legal .

Para analizar en forma sistemática esta responsabilidad será conveniente planificarla y encararla teniendo en cuenta los distintos momentos clave de la sociedad que tengamos que asesorar:

  • Constitución e Inicio de la vida legal de la entidad.

  • Funcionamiento legal..

  • Finalización de la existencia legal.




CONSTITUCION DE LA ENTIDAD CIVIL 

En esta etapa el Contador Público puede intervenir en las siguientes fases:

Definición del Tipo Jurídico que corresponda a la actividad de la entidad que se quiere constituir.   El cliente habitualmente no tiene una visión clara de las propiedades, funcionamientos, responsabilidades y difrencias entre fundaciones, asociaciones civiles, simples asociaciones, mutuales, cooperativas, etc.   Por lo tanto el profesional deberá detectar con rapidez cual es el “objetivo”, las “actividades”, “niveles de envergadura económica”, “grados de complejidad” y todo otro parámetro  que corresponda al proyecto y que definirá a la futura entidad y en función de ello sugerir el tipo jurídico mas adecuado en las circunstancias.

Bases para el Estatuto.  En este item el Contador Público en base al tipo jurídico elegido, tomando en cuenta las características de funcionamiento que se requerirá y el estatuto tipo que corresponda, puede redactar un “borrador de estatuto” para que sea  considerado por los integrantes fundadores de la entidad.  En este punto es de vital importancia considera el “objeto social” y el detalle de actividades que se consignarán en el estatuto por cuanto este tema tiene incidencia relevante en todos los aspectos futuros durante la existencia de la sociedad.

Trámite de constitución de la entidad: Una vez definido el estatuto social el Contador deberá requerir al cliente los siguientes datos básicos para “trabajar” la constitución:  Razón Social, Datos personales de la persona que representará a la entidad en formación ante la Inspección General de Justicia,  Datos de los fundadores constituyentes de la entidad,  Domicilio de la Sede Social,  Nómina y cargos del primer elenco de autoridades y Razón Social de la entidad exenta a consignar en el Estatuto para el caso de liquidación.
Reserva de Homonimia: es el primer trámite a realizar en la IGJ.  Consiste en presentar un formulario para que el Organismo “reserve” por un lapso de tiempo el nombre asignado a la entidad.

El paso siguiente será contactar un escribano público para que redacte y protocolice  el Acta Constiutiva y los Estatutos Sociales, documentación que será firmada por  los fundadores y precalificados por el mismo escribano.

En el caso de las Fundaciones,  el Contador confeccionará y suscribirá con firma certificada por el Consejo Profesional, el Plan Trienal  inicial de la entidad.

Una vez obtenida dicha documentación se presenta a la IGJ:  Formulario de reserva de homonimia,  Acta Constitutiva y Estatutos,  Plan Trienal (sólo para Fundaciones),  demostración del capital (boleta de depósito de dinero efectivo o inventario contable de aportes en especie).
.
Vistas:  luego de presentada la documentación puede ocurrir que el Organismo haga alguna observación y en ese caso enviará una notificación y el representante designado para el trámite deberá contestarla.

Finalmente, si no hay nuevas observaciones,  la IGJ otorgará o denegará la personería jurídica de la entidad que consiste en un documento donde consta el número y la fecha de inscripción en la IGJ de la nueva entidad.

Nuestro trabajo terminado incluirá el armado de la carpeta de IGJ donde archivaremos los papeles de trabajo previos a la constitución,  copia de la documentación presentada en IGJ,  ejemplar completo de Acta Constitutiva y Estatuttos y Certificado de Personería Jurídica,  Factura de Honorarios del Escribano y Factura de Honorarios del Contador Público.

Costos de la constitución:  el costo total estará integrado por los Honorarios y Gastos del Escribano interviniente y los Honorarios del Contador Público. 
Respecto de este tema será importante tener en cuenta los siguientes puntos:

Al inicio del asesoramiento es conveniente presentar y solicitar la aprobación de un presupuesto de honorarios por la intervención del Contador Público.

A este presupuesto hay que adicionar el presupuesto del Escribano.

El costo total será la suma de los honorarios y gastos de ambos profesionales.

Rubricación de Libros Obligatorios:  inmediatamente después de obtenida la personería jurídica hay que adquirir y presentar en IGJ los libros obligatorios de la entidad.  Para ello revisar las normas legales que correspondan al tipo jurídico (Fundación, Asociación Civil, etc) y los propios estatutos de entidad y solicitar la lubricación.  Se sugiere utilizar los servicios de alguna de las librerías contables especializadas en el tema.




FUNCIONAMIENTO LEGAL


El funcionamiento legal de las entidades está normado por las normas legales especiales y por sus propios estatutos.   A su vez dicho funcionamiento determina reuniones de los órganos de gobierno y control,  asambleas de asociados,  redacción de actas y su transcripción y firma en el Libro de Actas rubricado,  armado de documentaciones que surgen de determinadas reuniones y que deben ser presentadas en la IGJ y trámites especiales a realizar ante ese organismo oficial.

Además de supervisar todas las operaciones administrativas relacionadas con el funcionamiento legal de la entidad,  el Contador Público puede asesorar a los distintos órganos de gobierno para que se cumplimiente adecuadamente toda la normativa legal y estatutaria que debe respetar la entidad.

Las principales actividades y operaciones administrativas relacionadas son:

---Estudiar el estatuto y las leyes especiales para determinar cuales son los requerimientos mínimos en cuanto a reuniones, como se notifican las convocatorias,  los quorums necesarios,  la forma de tomar las decisiones,  los métodos de votación,  como se eligen las autoridades y todo otro asunto similar que  deberá ser tenido en cuenta por las autoridades.

---Reuniones del Organo de Administración (Comisión Directiva o Consejo de Administración):  En general los estatutos establecen una reunión mensual mínima.   Hay que ver como se establece la notificación a las autoridades.  En muchos casos se establece una forma automática: ejemplo,  el propio organo de administración establece que se reunirá el primer miércoles de cada mes a las 14 horas en la sede social de la entidad.    En cada reunión,  hay que redacter un acta resumen que incluirá los temas tratados y las decisiones tomadas.  Esta acta se transcribirá al Libro Rubricado de Actas y será firmada por los directivos presentes en la reunión.

---Reunión anual del Organo de Administración de cierre ejercicio:  Luego del cierre de ejercicio,  se realizará una reunión de la CD para considerar la aprobación de los estados contables y la convocatoria a asamblea de asociados (Asociaciones Civiles) o del  CA (Fundaciones).  En esta misma reunión especial se agregará la presentación del Informe del Revisor de Cuentas y el Orden del Día de la asamblea.

(Antes de realizar esta reunión tienen que estar confeccionados y firmados todos los documentos que se estarán aprobando:  Balance, Memoria, Inventario, Informe del Revisor, Orden del Día para la asamblea y asimismo hay que prever si es necesario renovar autoridades en la asamblea)

---Presentación de documentación a IGJ: Con antelación de 3 semanas antes de la fecha de la Asamblea,  se presentará la documentación en la Inspección General de Justicia:  Acta de convocatoria y orden del día,  Estados Contables y Memoria del ejercicio,  Informe del Revisor de Cuentas,  Nómina de autoridades de la entidad.

---Asamblea Ordinaria anual:  los asociados se reunirán antes del último día del cuarto mes siguiente al cierre del ejercicio, para considerar los Estados Contables presentados por la Comisión Directiva y el Informe del Organo de Fiscalización.  Asimismo en la asamblea ordinaria se podrá incluir la decisión de los asociados respecto de la cuota social para el ejercicio siguiente y también se podrá realizar votación de nuesvas autoridades si hay que renovarlas total o parcialmente.
Acta:  se redactará un acta de la asamblea,   consignando los datos de los asociados preentes,  el orden del día tratado y las decisiones tomadas.  El acta será transcripta al Libro de Actas rubricado y firmada por dos asociados designados en la misma asamblea

---Presentación de documentación en IGJ:  luego de la asamblea y dentro de las tres semanas siguientes se presentará a la IGJ la documentación “posterior” a la asamblea que incluirá el acta de la asamblea,  la nómina autoridades elegidas (si hubo elecciones), y un ejemplar nuevo de estados contables (solamente si la asamblea hizo alguna modificación del Balance presentado por el Organo de Administración.

Importante:  para ambas presentaciones a la IGJ (anterior y posterior a asamblea) el Contador Público verificará que la entidad obtuvo y archivó los correspondientes “acuse de recibo” de la IGJ.    También será importante constatar la efectiva transcripción de las actas al Libro rubricado y las firmmas correspondientes.
Otros trámites habituales:

---Cambio de sede social:  si la entidad cambia su domicilio, se deberá decidir en reunión del Organo de Administración y constar en actas.  Luego se hace el trámite de comunicación de cambio de sede social en la IGJ presentando copia del acta correspondiente.

---Solicitud de Certificado de Personería:  es un trámite simple que se hace en la IGJ cuando la entidad necesite probar su personería para los casos de obtención de subsidios, trámites en determinados organismos oficiales u otros asuntos que requieran el certificado.

---Rubricación de libros:  durante la existencia de la sociedad,  los libros rubricado se van agotando y hay que solicitar su continuación.  El Contador Público debe vigilar esta circunstancia y supervisar que se  hagan  las nuevas lubricaciones.

---Designación de nuevas autoridadades:  para el caso de reemplazo de autoridades durante el ejercicio,  dicha circunstancia deberá ser comunicada a la IGJ con el trámite correspondiente.

---Contestación de vistas o atención de inspecciones:  en este caso el profesional podrá encarar el tema por sí solo o si la complejidad de la inspección es importante será conveniente recurrir a un abogado o escribano según la naturaleza del tema.

---Empadronamientos en la IGJ:  periódicamente el organismo oficial dicta resoluciones donde obliga a las entidades a presentar determinadas documentaciones informando el estado legal de la entidad,  la nómina de autoridades,  el cumplimiento de las presentaciones anuales, etc.






FINALIZACION DE LA EXISTENCIA LEGAL


Las entidades pueden finalizar con distintas circunstancias:

  • Disolución y liquidación por decisión propia.

  • Absorción o fusión con otra entidad civil.

  • Cesación de pagos,  concurso y eventualidad de quiebra.

  • Disolución y liquidación pedida a la justica por la IGJ


En cada uno de estos casos el Contador Público puede tener un rol determinado en proceso total desde el inicio hasta su finalización.

En general se convoca a asamblea para decidir la finalización legal,  luego se presenta la documentación a la IGJ para su aprobación y se designa un liquidador.

El Contador Público puede ser el liquidador o asesorar a la autoridad o apoderado designado para ese cometido.

Es necesario hacer un balance inicial de liquidación,  contabilizar las operaciones económicas relacionadas con la venta de activos y el pago de las deudas,  hacer un balance final de la liquidación y finalmente una aamblea que apruebe la terminación para presentar todo a la IGJ.  Si está todo en orden el organismo oficial aprueba la liquidación y cancela la personería jurídica de la entidad con lo cual  finaliza su existencia legal.■
DOCUMENTACION A MANEJAR POR EL CONTADOR

Los siguientes son los documentos habituales que tiene que conocer, supervisar, confeccionar o controlar el contador cuando tiene la responsabilidad del asesoramiento de la administración legal-societaria


Acta de Constitución

Estatuto Social

Reglamentos societarios anexos al estatuto

Acta de reunión mensual de Comisión Directiva

Acta de reunión anual especial de Comisión Directiva

Acta de Aamblea Ordinaria

Informe del Revisor de Cuentas

Textos de convocatorias a reuniones y asambleas

Quorums legales necesarios para habilitar las reuniones y asambleas

Formularios IGJ o INAES involucrados en las presentaciones



CRONOGRAMA DE TRABAJO

El contador deberá incluir en su cronograma anual de trabajo como asesor legal-societario,  todas las reuniones, asambleas, fechas de vencimiento de las presentaciones a IGJ o INAES y otros eventos similares.■

ACTAS


  • Fecha

  • Lugar (Sede Social)

  • Mención de quienes se reúnen y la razón social de la entidad.

  • Quién preside la reunión

  • Se da por iniciada la reunión siendo las (hora de inicio)

  • Mención de cada uno de los temas tratados y las decisiones tomadas y si es por unanimidad o mencionar votos a favor, en contra y abstenciones.

  • Se da por finalizada la reunión siendo las (hora de finalización)

  • Detallar nombre apellido y dni de cada uno de los presentes

  • Redacter en papel

  • Transcribir a Libro de Actas

  • Firma de los presentes

Fin





ACTUACION DEL CONTADOR EN SOCIEDADES
ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO
ADMINISTRACION TRIBUTARIA




PLAN DE ASESORAMIENTO TRIBUTARIO

El contador deberá estudiar la historia y la realidad económica de la entidad,  sus principales operaciones,  los ámbitos geográficos donde se desempeña,  la envergadura y complejidad y el tipo jurídico y el objeto societario a fin de determinar las necesidades tributarias:  donde inscribir a la entidad,  que impuestos pueden afectarla,  si le corresponden exenciones totales o parciales,  qué facturación y costos puede operar sin riesgos tributarios y cuáles operaciones pueden afectar su situación fiscal.

También hay que revisar y analizar la contabilidad y el respaldo documental para establecer el grado de cumplimiento de esas obligaciones y su relación con la problemática tributaria.

Una vez efectuado este estudio,  el contador estará en posibilidad de establecer las obligaciones tributarias de la entidad y planificar las inscripciones, vencimientos habituales, riesgos fiscales y asesoramientos a brindar a las autoridades del ente y sus administradores.

 INSCRIPCIONES

Las entidades sin fines de lucro deben realizar dos inscripciones principales:

AFIP  (Impuestos Nacionales)

DIRECCION DE RENTAS PROVINCIAL (Impuestos provinciales)


Ambos trámites se realizan actualmente en dos fases,  la primera por Internet en las páginas web de los organismos de control e inmediatamente hay que presentar documentación en forma presencial para confirmar la registración.

Ambas inscripciones se pueden hacer cuando todavía la entidad haya presentado la iniciación del trámite en la Inspección General de Justicia, Inaes, o el organismo legal que le otorgue la personería jurídica.

Un representante de la entidad,  con un poder especial, puede ingresar por Internet en las páginas web de AFIP y RENTAS y realizar el trámite provisorio de inscripción y ya obtener el CUIT AFIP de la entidad y su número de inscripción en Rentas.


SOLICITUD DE EXENCION

Una vez obtenido el número de inscripción,  hay que hacer los trámites de “solicitud de exención”  también tanto en AFIP como en RENTAS.

En este caso el punto clave a tener en cuenta es el objeto y las actividades a empadronar, por cuanto estos datos son los que definen la obtención inicial de la exención y el grado de la misma:  si es total o parcial o directamente no corresponde. 

Es importante remarcar que, según los códigos de actividades y operaciones económicas por los cuales se solicita la exención,  posteriormente puede afectar a que se reconozca o no la deducción de donaciones como gasto para el donante y si determinado ingreso del ente puede ser considerado fuera de la exención otorgada  y por ende gravado con impuestos nacionales o provinciales.

Las normas y documentos internos a estudiar por el profesional respecto de exenciones tributarias son:

El estatuto social y los reglamentos internos de la entidad

Las normas tributarias pertinentes a nivel nacional:  ley de impuesto a las ganancias, artículo 20, 21 y 81 y los pertinentes del decreto reglamentario,  ley de iva artículo 7,  RG AFIP 2681.

En cuanto a los tributos provinciales:  según la provincia donde actúe la entidad hay que analizar su Código Fiscal Provincial.

El trámite de solicitud de exención en afip se hace ingresando en la página web afip y operando el Servicio Interactivo:  “Certificado de Exención en el Impuesto a las Ganancias”,  eligiendo el “Régimen Simplificado”.
Una vez realizado el procedimiento por Internet se obtiene un acuse de recibo impreso que hay que presentar personalmente en la Agencia AFIP conjuntamenate con documentación complementaria que le pedirá el organismo (estatutos, prueba de domicilio, etc).

La  entidad puede consultar por Internet el estado del trámite en “Consulta de Certificados Emitidos”.  Finalmente y si todo es aprobado la entidad obtendrá su Certificado definitivo validez anual en el “Registro de Entidades Exentas”.

Los beneficios de este trámite son:

Estará totalmente exenta de Impuestos a las Ganancias,  Ganancia Mínima Presunta, Bienes Personales Societarios e Impuesto al Valor Agregado.
Los terceros no le harán retenciones por Impuesto Ganancias o IVA.
Podrá solicitar al banco la reducción de la tasa del impuesto a débitos y créditos bancarios.
Puede evitar el pago de impuesto de sellos en caso de operaciones gravadas por este tributo.
La exención en AFIP es requisito para obtener la Exención en Rentas Provincial.
Para el caso de asociaciones y fundaciones beneficiará a sus donantes respecto de la posibilidad de deducir la donación en sus balances fiscales particulares.


La exención para impuestos provinciales se tramitará en cada una de las provincias donde opere económicamente la entidad y de acuerdo al código fiscal e instructivos de solicitud de exención que figura en la páginas web respectivas.

Mantenimiento y renovación de las exenciones:  el cumplimiento de las declaraciones juradas regulares de la entidad es condición para que AFIP renueve automáticamente las exenciones anualmente.


DECLARACIONES JURADAS ANUALES

Las entidades exentas igualmente deberán presentar las siguientes declaraciones juradas en AFIP:

Impuesto a las Ganancias – Personas Jurídicas:  es un aplicativo donde se cargan los principales datos del balance general e inventario de la entidad.  Además se carga el detalle de donaciones recibidas y entregadas por el ente.  Esta DDJJ vence el 5º mes siguiente al cierre del ejercicio.

Informe para Fines Fiscales:  es un aplicativo donde se carga la información referida al contador y a la certificación del balance y la legalización en el Consejo Profesional.  Asimismo se cargan los datos de lubricación de los libros contables y societarios del ente. Esta DDJJ vence el 6º mes siguiente al cierre del ejercicio.

Información de autoridades societgarias:  es una DDJJ que vence en julio de todos los años donde se informan los datos de las autoridades del ente, sus cargos y períodos del mandato. 







CONDICIONES ESTRUCTURALES PARA MANTENER LAS EXENCIONES

Como ya hemos señalado las entidades exentas deben cumplir con las siguientes condiciones de fondo y de forma para mantener las exenciones vigentes.

Un detalle de las principales condiciones es el siguiene:

  • La realidad económica de la entidad deberá cumplir con la condición de “objetivos estatutarios  y actividades reales de bien común”.

  • No debe tener finalidad lucrativa ni favorecer indebidamente en el mismo sentido a sus autoridades o integrantes.

  • Respetar las prohibiciones o limitaciones referidas al pago de remuneraciones a las autoridades electivas.

  • No debe girar fondos indebidamente a fiscos extranjeros.

  • No puede tener como finalidad principal desarrollar actividades comerciales o industriales.

  • Debe llevar una contabilidad organizada y adecuadamente respaldada con comprobantes de validez fiscal suficiente.

  • Debe conservar la personería jurídica otorgada por el organismo de control legal y hacer las presentaciones de balances y documentaciones de asambleas otras obligatorias con el organismo de control lega.


  • Debe presentar las declaraciones juradas y otros reportes obligatorios  al organismo de control fiscal.  Asimismo debe cumplir con sus obligaciones como agente de retención de impuestos nacionales y obligaciones previsionales referidas a su personal en relación de dependencia (presentación de declaraciones juradas mensuales y pago de cargas sociales)■