UIF Resolución 104/2016. Vigencia 1/9/2016
Aumento de valores de
parámetros claves para Asociaciones, Fundaciones y otras Entidades Civiles y
los Contadores Públicos auditores de las mismas.
Resúmen básico de
obligaciones.
ASOCIACIONES, FUNDACIONES Y OTRAS ENTIDADES CIVILES.
UIF 30/2011
Pasan a ser sujetos
obligados cuando:
Reciban Donaciones o
Aportes de un mismo donante o aportante o grupo relacionado de monto superior
a $ 70.000.- en un período de
30 días.
Importante:
no es mes calendario sino “período de 30 días”
Obligaciones
de la entidad cuando es “Sujeto Obligado”
Inscribirse en
la UIF
Designar un “Oficial de
Cumplimiento” (directivo electivo)
Reporte sistemático mensual
y Reporte Operaciones Sospechosas.
Manual de Procedimiento
Antilavado.
Capacitación del Personal
involucrado en la recepcion de donaciones y aportes.
Bases de datos de
donantes-aportantes y operaciones de donaciones y aportes.
Informe de auditoría
especial de procedimientos antilavado.
Elaborar y registrar el
perfil de cada cliente-donante-aportante.
Requerir en cada donación o
aporte la siguiente documentación:
--Hasta $ 70.000.-:
Identificación y perfil del donante, aportante.
--Desde $ 70.000 a 200.000: datos filiatorios, perfil cliente, registro
en base de datos. documentación respaldatoria de Identidad,
Estatutos, Domicilios y Nóminas de autoridades.
--De $ 200.000 a 400.000: Declaración Jurada de origen lícito y
respaldos de esa ddjj.
--De $ 400.000 en
adelante: DDJJ y amplia documentación
respaldatoria de los activos y operaciones que originan la licitud de los
fondos.
CONTADORES PUBLICOS.
UIF 65/2011
Pasa a ser sujeto
obligado cuando:
- Es auditor firmante de estados contables de
Entidades que a su vez son sujetos obligados.
- Cuando la entidad auditada tiene un activo de balance superior a $ 20.000.000.- (Desde ejercicios iniciados 1/1/2011)
- Cuando la entidad auditada duplicó activo o ventas respecto del ejercicio anterior. (Desde ejercicios iniciados 1/1/2011).